La noticia cayó sin mucho ruido mediático, pero con impacto fuerte: dos suboficiales de la Policía de Chubut fueron desvinculados de manera definitiva. El dato clave: la causal es “ineptitud”.
La medida fue tomada por el Ministerio de Seguridad y Justicia y quedó oficializada a través del Boletín Oficial. O sea, no es rumor ni off the record: es decisión formal, firmada y publicada.
Los policías echados en Chubut eran un agente y un cabo pertenecientes a la Agrupación Comando. Ambos estaban en actividad al momento de la baja. Y desde ahora, pasan a ser historia dentro de la fuerza.
¿Qué significa “ineptitud” en la Policía?
Acá viene la parte que deja más dudas que certezas.
En los decretos no se especifican hechos concretos ni situaciones puntuales que hayan derivado en la sanción. Nada de detalles, nada de contexto fino.
Solo una palabra: ineptitud.
En términos administrativos, esto se apoya en el artículo 97 de la Ley XIX N° 8, que regula los mecanismos de separación dentro de la fuerza policial.
¿Traducción modo criollo? Este tipo de medida suele aplicarse cuando un efectivo no cumple con los requisitos mínimos para desempeñar sus funciones o acumula evaluaciones negativas.
No necesariamente implica un delito, pero sí un nivel de desempeño que no alcanza.
Igual, sin detalles concretos, la sensación que queda es medio “ok, pero… ¿qué pasó exactamente?”.
Policías echados en Chubut: cargos vacantes y puerta cerrada
La decisión no es un reto ni una suspensión. Es baja definitiva.
Eso significa que los dos policías echados en Chubut ya no forman parte de la institución y no tienen posibilidad de seguir en funciones.
Además, el Estado declaró vacantes los cargos que ocupaban dentro del Escalafón General de la Policía.
En criollo: esos puestos quedan libres, listos para ser ocupados por otros.
Y para los ahora ex efectivos, no hay margen de continuidad.
Decretos y efecto inmediato: se terminó el turno
Los decretos que oficializan la medida son el 21 y el 307. Ambos establecen algo clave: la aplicación es inmediata.
“A partir de la fecha del presente decreto”. Sin transición, sin período de gracia, sin “terminar el turno y vemos”. Desde el momento en que se firma, se terminó.
Eso implica que los efectivos quedan automáticamente apartados de la fuerza, sin posibilidad de seguir prestando servicio.
Y también sin portar el arma reglamentaria. Un corte seco.
