El sobreseimiento de Prior ya está sobre la mesa. La Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Administración Pública (UFE-DAP) solicitó ante la jueza de garantías Eve Ponce el cierre total y definitivo de la causa contra Alfredo Omar Prior, ex presidente del Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS), por la relocalización de la delegación en Comodoro Rivadavia.
La conclusión llegó tras un análisis integral de la prueba reunida durante la investigación. Según la Fiscal General Julieta Gamarra, no se acreditaron los elementos típicos de los delitos que se le imputaban.
En criollo judicial: no hay delito probado.
La causa que apuntaba a la relocalización del ISSyS
La investigación se tramitó bajo el Legajo Fiscal N° 31.429 y tenía como eje la celebración de un contrato de comodato y las obras de adecuación realizadas en un inmueble perteneciente a la Asociación del Personal Jerárquico Municipal de Comodoro Rivadavia.
Ese inmueble había sido destinado a la relocalización de la delegación de la obra social provincial en la ciudad.
En su momento, el entonces fiscal general Omar Rodríguez había imputado a Prior por presuntos delitos de:
Administración fraudulenta
Negociaciones incompatibles
Incumplimiento de los deberes de funcionario público
La denuncia original fue presentada por el contador Rodrigo San Martín, ex interventor del organismo.
En la audiencia de apertura, Rodríguez describió supuestas irregularidades vinculadas al uso del inmueble y las remodelaciones efectuadas. Sostuvo que el entonces presidente del ISSyS habría utilizado fondos del organismo en beneficio de la entidad sindical con la que había mantenido vínculos previos.
La acusación era fuerte. El foco estaba puesto en un posible interés indebido.
Qué concluyó la UFE-DAP
Durante la etapa preparatoria, la UFE-DAP profundizó la investigación. Se incorporaron actas de Directorio, documentación administrativa, informes técnicos y declaraciones de funcionarios, asesores legales, profesionales contables, proveedores y especialistas en obras civiles.
El resultado de ese análisis fue el pedido de sobreseimiento de Prior.
Según la Fiscalía:
La decisión de celebrar el comodato fue adoptada en el marco de un órgano colegiado.
Existió autorización expresa del Directorio del ISSyS.
El estado del inmueble era conocido por las autoridades y áreas técnicas intervinientes.
Las adecuaciones realizadas respondieron a necesidades funcionales propias de una delegación sanitaria.
Además, no se acreditó la existencia de un ardid idóneo ni un perjuicio patrimonial típico atribuible penalmente.
Tampoco se probó la configuración de un interés personal actual y determinante en los términos exigidos por las figuras penales analizadas.
Es decir: la prueba reunida no alcanzó el estándar de probabilidad requerido en esta etapa procesal para sostener la acusación.
La cláusula del “perfecto estado”
Uno de los puntos observados en la causa era una cláusula contractual que hacía referencia al “perfecto estado” del inmueble.
Sobre ese punto, la Fiscalía entendió que se trató de una fórmula estandarizada dentro del instrumento legal, confeccionado y visado por el área jurídica del organismo.
No se demostró dolo específico ni incidencia causal determinante que generara un perjuicio.
En su momento, Prior había hecho uso de la palabra en la audiencia de apertura. Allí explicó el contexto institucional de la mudanza, la intervención del Directorio y de las áreas técnicas y legales, y afirmó que nunca tuvo interés en beneficiar al sindicato.
Ahora, con el pedido de sobreseimiento de Prior, la Fiscalía sostiene que la investigación no logró corroborar la configuración de los delitos oportunamente imputados.
Pedido formal ante la jueza
La solicitud fue presentada ante la jueza de garantías Eve Ponce y se fundamenta en lo previsto en los artículos 285 inciso 3° y 287 del Código Procesal Penal.
La Fiscal General Julieta Gamarra sostuvo que actuó en cumplimiento del deber de objetividad que rige la actuación del Ministerio Público Fiscal.
El pedido es claro: sobreseimiento total y definitivo.
Eso implica cerrar la causa en relación a los hechos investigados.
Qué implica el sobreseimiento de Prior
Si la jueza hace lugar al planteo, el ex presidente del ISSyS quedará desvinculado penalmente de la causa vinculada a la relocalización de la delegación en Comodoro Rivadavia.
La investigación, que había comenzado tras la denuncia del ex interventor y la imputación inicial del fiscal Rodríguez, termina con un giro procesal.
Del señalamiento por administración fraudulenta y negociaciones incompatibles, al pedido de archivo definitivo por falta de acreditación de delito.
El expediente ahora está en manos del juzgado. La pelota, como se dice, quedó en el despacho judicial.
Y en una causa que empezó con acusaciones pesadas y sospechas sobre el uso de fondos públicos, la Fiscalía hoy dice que no hay elementos suficientes para sostenerlas.
La decisión final la tendrá la jueza. Mientras tanto, el sobreseimiento de Prior ya es el nuevo capítulo de una historia judicial que, al menos por ahora, parece encaminarse hacia el cierre.

