Image default
Comodoro Rivadavia

Condena por arma: imputado quiere zafar y pide borrar todo

El debate por la condena por arma de Héctor Fretes volvió a calentarse este martes en Comodoro Rivadavia, donde la Cámara escuchó los argumentos de la defensa y la fiscalía en una audiencia que tuvo más chicanas que grupo de WhatsApp familiar.

Fretes está condenado por tenencia ilegal de un arma de fuego de uso civil, pero su defensa pidió la nulidad del proceso entero. Sí, entero. Como si fuera un “Ctrl+Z” judicial para dejar todo como si no hubiera pasado nada.

Del otro lado, el Ministerio Público Fiscal aseguró que no hay nada para anular, que todo está bien hecho y que la sentencia debe quedar firme. El duelo quedó empatado y ahora la pelota la tienen los jueces, que recién el 25 de noviembre a las 12 soltarán el veredicto. Mucho suspenso, poco spoiler.

La defensa y la teoría del ‘fruto del árbol envenenado’

El defensor de Fretes abrió el juego con un concepto de esos que suenan a serie de abogados de Netflix: la “doctrina del fruto del árbol envenenado”. Básicamente, si la policía obtiene pruebas de manera irregular, esas pruebas se caen. No van. No existen. Como tarea entregada tarde.

Según su planteo, el procedimiento contra Fretes nació torcido: él estaba en la vereda, entró a su casa y —según la defensa— no había motivos reales para que la policía actuara. Ahí, según el abogado, es donde empieza el “veneno”: intervención policial sin justificación = prueba inválida. Y si la prueba es inválida, todo el proceso también.

El defensor también dijo que todo esto corre “más allá del olfato policial”, frase muy argentina para decir que no alcanza con la intuición si no hay razones concretas. Por eso pidió anular la causa y absolver a Fretes.

La fiscalía: ‘Nulidad por nulidad misma’

Pero la fiscalía no se quedó quieta: contestó que lo que plantea la defensa no es nuevo, no aporta nada nuevo y no genera ni un rasguño jurídico al proceso. En palabras del fiscal: “plantear la nulidad por la nulidad misma”.

Además, explicó que los agentes de la DPI estaban identificados, con chalecos, y que cuando Fretes los vio, se metió a la casa y descartó un morral donde —según la fiscalía— estaba el arma. Para el procurador, eso solo ya derriba el argumento de la defensa.

También sostuvo que el fallo del juez Odorisio, el que condenó a Fretes en primera instancia, fue “minucioso y fundado conforme a derecho”. Traducido: nada que tocar, nada que borrar, nada que resetear. Dejen todo como está.

El día del hecho: José Fuchs, abril y un revólver calibre 32

El origen de la condena por arma se remonta al 24 de abril, cuando Fretes quedó detenido en el barrio José Fuchs con un revólver calibre 32 largo. Lo consideraron un arma de fuego de uso civil. La detención fue en flagrancia, justo cuando la Brigada de Investigaciones estaba haciendo un allanamiento por otra causa. Mala suerte: estaban en el lugar equivocado, en el momento equivocado y con el arma equivocada.

Después del debate, Fretes fue declarado autor del delito de portación sin autorización legal y condenado a un año y dos meses de prisión efectiva. Ah, y suma extra: declaración de reincidencia por primera vez. Una tarjeta amarilla seria en el mundo judicial.

Related posts

Lunes con «viento comodorense»: ráfagas de 78 km/h y una máxima que invita a la previa del 2026

Ariana Lorcadi

El viento hizo estragos en Caleta Olivia: tres barcos hundidos en el puerto por una marejada salvaje

Angela Velez

Nueva protesta de UOCRA vs YPF: ¿Pagos fantasma o despidos eternos?

Georgina Lopez